En total se recuperaron siete teléfonos de alta gama, los cuales fueron devueltos a sus propietarios.
Corte Suprema ordena a la Municipalidad de Iquique dejar de depositar basura en el vertedero El Boro
En la sentencia (causa rol 19.067-2022), la Tercera Sala del máximo tribunal dio plazo de 30 días al municipio para completar el compactado y sellado de la totalidad de la basura depositada y presentar el plan de cierre definitivo del relleno, cuya continuidad operativa ha puesto en peligro la vida y salud de los vecinos de Iquique y Alto Hospicio.
Iquique 08/03/2023 EditorLa Corte Suprema acogió el recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Iquique cesar de inmediato el depósito de residuos domiciliarios en el vertedero “El Boro” e iniciar de inmediato el proceso de cierre del relleno sanitario.
En la sentencia (causa rol 19.067-2022), la Tercera Sala del máximo tribunal dio plazo de 30 días al municipio para completar el compactado y sellado de la totalidad de la basura depositada y presentar el plan de cierre definitivo del relleno, cuya continuidad operativa ha puesto en peligro la vida y salud de los vecinos de Iquique y Alto Hospicio.
“Que, analizados antecedentes de autos, aparece que la Municipalidad de Iquique no ha dado cumplimiento a sus obligaciones legales y reglamentarias en su calidad de titular del relleno sanitario objeto de la presente acción. Así, ha quedado en evidencia que se ha continuado depositando residuos en el vertedero ya cumplido su plazo de término; que no ha cumplido con su obligación de compactar y sellar diariamente la basura que se deposita en el vertedero y que, meses después del término de recepción de residuos domiciliarios, no ha presentado plan de cierre del relleno sanitario ni cuenta con fecha para ello, pese al continuo emplazamiento que a su respecto han realizado la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Tarapacá y la Superintendencia del Medio Ambiente, instituciones que han cursado fiscalizaciones e investigaciones por los hechos denunciados”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que por medio de sus incumplimientos, la Municipalidad de Iquique ha afectado las garantías constitucionales de los recurrentes contenidas en los numerales 1 y 8 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al verse afectados por las consecuencias del mal manejo y falta de cierre y sellado del vertedero ‘El Boro’, tales como presencia de vectores contaminantes como plagas de insectos, de roedores, emanación de gases tóxicos y, derivado de ello, los incendios que se produjeron en la época estival y que generaron nubes tóxicas sobre la comuna de Alto Hospicio, lo que amerita que la presente acción sea acogida”.
Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de veinticuatro de mayo de dos mil veintidós y, en su lugar, se acoge la presente acción constitucional, solo en cuanto se ordena a la Municipalidad de Iquique cesar el depósito de residuos en el vertedero, completar el compactado y sellado de la totalidad de los residuos existentes en la actualidad, y presentar, dentro del plazo de 30 días de dictada la esta sentencia, el plan de cierre del Relleno Sanitario “El Boro” y dar inmediato inicio a su ejecución.
Sentencia dictada por la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Adelita Ravanales, Mario Carroza, Jean Pierre Matus y el abogado (i) Pedro Águila. Voto en contra el ministro Matus, quien estuvo por confirmar sentencia en alzada.
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