Caso Luminarias: Condenan a 3 años y un día de presidio a exconcejal Guillermo Cejas

Asimismo, condenó a ex funcionario municipal Vodnizza Figueroa a 300 días de presidio, inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos  por el término de 10 años y multa de 25 UTM,

Iquique 04/03/2024 Editor Editor
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En procedimiento abreviado, el Juzgado de Garantía de Iquique condenó hoy –lunes 4 de marzo– al exconcejal Guillermo Cejas Valenzuela y al ex funcionario municipal Tomás Vodnizza Figueroa a 3 años y un día de presidio, como autores del delito de fraude al fisco. Ilícitos perpetrados entre septiembre y octubre de 2018.

En la resolución (causa rol 4.459-2018), el magistrado Diego Reyes López aplicó, además, a Cejas Valenzuela  y Vodnizza Figueroa las accesorias legales de inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos  por el término de 10 años; la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de las condenas; más el pago de una multa de 50 UTM cada uno.

Además, el tribunal condenó al exconcejal a 541 días de presidio, inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos  por el término de 10 años, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena; y multa de 25 UTM, como autor del delito reiterado de cohecho; y 150 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa 25 UTM, como autor del delito de lavado de activos.

Asimismo, condenó a Vodnizza Figueroa a 300 días de presidio, inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos  por el término de 10 años y multa de 25 UTM, como autor del delito reiterado de cohecho; 61 días de reclusión, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y una multa de 25 UTM, como autor de lavado de activos, y 300 días de presidio y multa de 21 UTM, como autor del delito de violación de secreto.

Por cumplir los sentenciados los requisitos legales, el tribunal sustituyó el cumplimiento efectivo de las penas impuestas, por la libertad vigilada intensiva por el término total que sumen cada pena impuesta, periodos en que deberán dar cumplimiento a programas de actividades formativas y reinserción social.

En la causa, el tribunal condenó también a José Hidalgo Abarzúa a la pena de 541 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena y multa de 25 UTM, con el beneficio de remisión condicional de la pena por 18 meses, como autor del delito de lavado de activos. 

Según el ente persecutor, una investigación iniciada en 2018 permitió detectar que Cejas Valenzuela y otros exconcejales habrían aceptado, a cambio de un beneficio económico, entregar a empresas que participaban en la licitación de recambio de luminarias públicas en la ciudad, acceder a información de la etapa previa de elaboración de las bases, incluso proponer montos para las ofertas más elevadas, lo que les permitiría asegurar beneficio económico y la adjudicación final de la licitación. En dicho contexto, Tomás Vodnizza, funcionario del departamento de Control de la Municipalidad de Iquique, quien estaba relacionado con la elaboración de la licitación señalada, aceptó recibir un beneficio económico de las empresas que participarían en la licitación referida, para realizar actos con infracción a los deberes de su cargo, dándoles acceso a los miembros de dichas empresas, a través del contacto local, al indebido conocimiento de la etapa previa de elaboración de las bases y de sus antecedentes, permitiéndoles, de este modo conocer ilegalmente antecedentes reservados, proponer condiciones y criterios coincidentes con las mismas, aceptando, además, elevar el valor de la licitación, a fin de obtener de allí el beneficio económico.

En tanto, José Hidalgo Abarzúa se concertó con representantes de la empresa Itelecom para, el día antes de la entrega física de los sobornos, realizar maniobras de ocultamiento consistentes en que la empresa perteneciente a Hidalgo generó a Itelecom facturas ideológicamente falsas por servicios no prestados con el objeto de justificar las salidas de dineros desde las cuentas de esta última. Una vez recibida la transferencia de fondos desde Itelecom, la empresa de Hidalgo Abarzúa devolvió el monto en efectivo a Itelecom, previo descuento de los impuestos a pagar y de una comisión.

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