Seguridad Ciudadana despachó proyecto que eleva sanciones en delitos contra policías y gendarmes

Terminar con la votación del articulado del proyecto refundido que fortalece el trabajo de las policías (boletín 15470) y que incluye la legítima defensa privilegiada, en las actuaciones vinculadas al ejercicio de la función policial (boletín 15444), fue el objeto de tres sesiones de la instancia de Seguridad Ciudadana esta semana.
El texto reúne dos mociones que surgieron en octubre de 2022. Ello en respuesta a dramáticos casos de carabineros asesinados en diversas ciudades del país que se desempeñaban en su labor de prevención y fiscalización policial.
La iniciativa busca brindar protección a los policías y gendarmes, aumentando la respuesta del Estado frente a las agresiones que sufren dichos funcionarios. Permite además, que puedan usar su arma letal para repeler ciertas acciones, en casos donde peligre su integridad física, su vida o la de otras personas. Establece para ellos, la legítima defensa privilegiada considerando tres hipótesis objetivas (Ver nota anterior).
Aumento de sanciones
En otro ámbito, fija una sanción penal más drástica a los delitos de homicidio, maltrato de obra y lesiones graves contra estos. Actualmente, el homicidio es sancionado con presidio mayor en su grado máximo (15 años y un día a 20 años) a presidio perpetuo calificado (40 años cárcel para acceder a algún tipo de beneficio). Esta penalidad se cambia por presidio perpetuo (20 años de privación libertad para acceder a beneficios) a presidio perpetuo calificado. Específicamente, en caso de cometerlo mediante, precio, recompensa o promesa (sicariato). Lo propio si se ejecuta con auxilio de gente armada o de personas que aseguren o proporcionen impunidad; o bien si el imputado actuare con su rostro cubierto con el objeto de ocultar su identidad.
Otras medidas
En otro tema, se modificó el Código Procesal Penal respecto a los requisitos para ordenar la prisión preventiva. Se respaldó que se aplique la medida cuando los delitos imputados consistieren en atentados contra la vida o integridad física de las y los funcionarios, que tengan asignada una pena igual o superior a 3 años y un día.
Por otra parte, se incorpora que no se podrán ordenar medidas cautelares que recaigan sobre la libertad del imputado. Se impide tembién, acceder a penas sustantivas que se cumplen en libertad. La norma exige tembién haber cumplido al menos 2/3 de la condena para acceder a la libertad condicional.
Adicionalmente, se fijan reglas para la determinación de la pena en delitos de homicidios y lesiones de policías y gendarmes. Se crea la pena accesoria de expulsión del condenado por homicidio o maltrato de obra grave o lesiones graves. Lo propio en casos como castración y mutilación, cuando sea de nacionalidad extranjera, la que se aplicará luego de cumplir la pena de presidio.