Delegado presidencial (s) de Tarapacá: “Pensión Garantizada Universal es la reforma más importante en 40 años”

La PGU se define como un beneficio no contributivo, pagado mensualmente a mayores de 65 años, se encuentren estos o no integrados a algún régimen previsional. Su monto máximo será de 185 mil pesos.

Iquique 27/01/2022 Editor Editor
NATAN OLIVOS
Delegado presidencial (s) de Tarapacá, Natan Olivos.

Como la “reforma más importante en 40 años”, calificó el delegado presidencial (s) de Tarapacá, Natan Olivos, el proyecto de Pensión Garantizada Universal, PGU, destacando “lo que estamos haciendo acá es asegurar un piso de $185 mil, que es la línea de la pobreza, tal como el IFE Universal, lo hacemos para el 90% de la población más vulnerable, y estamos llegando a 2,2 millones de adultos mayores de 65 años”.

Junto a ello, el delegado presidencial precisó que se trata de “una política permanente, para siempre, y por eso creemos que es un legado muy importante que deja el Presidente Piñera para todos los adultos mayores". Además, Olivos destacó que 
un universo estimado de 2,4 millones de personas se verá favorecido con la nueva PGU, que  elimina la modalidad de “Pensión básica solidaria” (PBS), sus referencias anexas y condicionantes. Igualmente, descarta las menciones relacionadas al “Aporte previsional solidario” (APS).

La PGU se define como un beneficio no contributivo, pagado mensualmente a mayores de 65 años, se encuentren estos o no integrados a algún régimen previsional. Su monto máximo será de 185 mil pesos.

Serán beneficiarios de la PGU aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos:

Haber cumplido 65 años de edad.

No integrar un grupo familiar del 10% más rico de la población. En este punto se describe lo que se entenderá por grupo familiar. Además, considera criterios para el instrumento de focalización (por ejemplo, considerar patrimonio, excluyendo en ello a la vivienda principal).


Acreditar residencia en Chile no inferior a 20 años continuos o discontinuos, contados desde que el pensionado haya cumplido 20 años de edad. En todo caso, el lapso no podrá ser inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud para acogerse al beneficio.
Contar con una pensión base inferior a la pensión superior (un millón de pesos).

MONTOS

 Los beneficiarios recibirán los siguientes montos:

El monto máximo de la PGU para aquellos con una pensión base menor o igual a la pensión inferior, esto es, 630 mil pesos. Cabe alertar que quienes reciben la Pensión Básica Solidaria pasarán de ese monto al de la PGU, es decir, de 176 mil pesos a 185 mil pesos. Quienes tengan un aporte previsional propio (AFP, Cajas, etc.) recibirán los 185 mil pesos como beneficio extra.
Sobre la pensión inferior, el aporte será variable. Se calculará teniendo a la vista el monto máximo de la PGU multiplicado por el factor de determinación. Dicho factor corresponderá a la diferencia de la pensión superior y la pensión base, dividido por el resultado de la diferencia entre la pensión superior y la inferior. (El cálculo se reevaluará frente a reajustes o incrementos en los parámetros). 
Se estima que, aproximadamente, una persona con 700 mil pesos de pensión recibirá un aporte de 150 mil pesos, mientras que quien tenga una pensión de 900 mil, obtendrá 50 mil pesos de beneficio fiscal.
 

 

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