Tribunal condena a 8 años de presidio a autora del delito frustrado de homicidio simple

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e inclusión en registro nacional de ADN de condenados.

Iquique 11/11/2020 Editor Editor
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Patricia Angélica Cuevas Rebolledo a la pena de 8 años de presidio efectivo, en calidad de autora del delito frustrado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en abril del año pasado, en la comuna de Alto Hospicio.

En fallo unánime (causa rol 206-2020), el tribunal –integrado por los jueces Juan Ibacache Cifuentes (presidente), Moisés Pino Pino y Juan Pozo Araya (redactor)– aplicó, además, a Cuevas Rebolledo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e inclusión en registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 14 de abril de 2019, la acusada concurrió a un asado en el sector de La Negra en la comuna de Alto Hospicio, en compañía de la víctima Héctor Fabián Ticuna Urrutia. En dicho contexto, aproximadamente a las 22.30 horas, "en circunstancias que el afectado Ticuna Urrutia caminaba en compañía de Óscar Vicencio González por calle Andacollo, al llegar a calle Vallenar, arribó Cuevas Rebolledo a bordo de un vehículo Nissan, color negro, quien intencionalmente aceleró su marcha atropellando con la parte delantera del móvil a Ticuna Urrutia y a Vicencio González, cayendo ambos al piso, dándose la conductora a la fuga en el vehículo".

A consecuencia del impacto, Vicencio González resultó con lesiones leves; en tanto, Ticuna Urrutia, con un traumatismo craneano grave, hemorragia subaracnoida traumática, traumatismo pulmonar grave. Lesiones graves, con un periodo superior a 30 días de incapacidad laboral y funcional, las que de no mediado tratamiento médico oportuno, le hubiese ocasionado la muerte.

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