18 y 19 de septiembre: Feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio

El comercio deberá estar cerrado desde las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre y hasta las 06:00 horas del día domingo 20 de septiembre de 2020. Los empleadores que no cumplan con otorgar el feriado obligatorio e irrenunciable se exponen a multas de hasta 20 UTM.

País 17/09/2020 Editor Editor
EhzdUIjXsAEWcIz-454x310

El subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, junto a la alcaldesa de Providencia, Evelyn Matthei y la Directora Nacional del Trabajo, Lilia Jerez, recorrieron parte del comercio de la comuna para recordar que el próximo 18 y 19 de septiembre corresponden a uno de los cinco feriados irrenunciables y obligatorios que existen cada año.

Durante la actividad explicaron cuáles son las normas que hay que cumplir: el comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre y hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre de 2020. Aclararon, además, que esos horarios podrían variar sólo en el caso de los trabajadores del comercio que trabajen por turnos rotativos.

“Resulta fundamental el respeto de este feriado irrenunciable. Ha sido un año especialmente complejo, en especial, para los trabajadores, por lo que el respeto de sus derechos resulta esencial”, señaló el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab.

Se exceptúan del feriado obligatorio e irrenunciable los trabajadores del comercio que se desempeñan en actividades como clubes, restaurantes, expendio de combustibles y farmacias de urgencia, entre otras.

“Para una comuna como la nuestra, que tiene mucho comercio, es muy importante recordar esta norma. Es un derecho que tienen los trabajadores, que más que nunca con pandemia es importante recordar y fiscalizar”, aseguró la alcaldesa Evelyn Matthei.

En la actividad, también participaron funcionarios de la Dirección del Trabajo, quienes cumplirán su rol fiscalizador durante estos días. El empleador que no cumpla con otorgar el feriado obligatorio e irrenunciable se expone a multas que van desde las 5 hasta las 20 UTM por cada trabajador afectado por la infracción. Es importante destacar que aquellos locales comerciales que sean atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden funcionar.

“La Dirección del Trabajo habilitará un banner en su sitio www.direcciondeltrabajo.cl a partir del día 17 de septiembre en la tarde, para que aquellos trabajadores del comercio a los que se les esté obligando a trabajar, puedan realizar su denuncia”, dijo la Directora del Trabajo, Lilia Jerez.

¿Dónde denunciar?
El banner que dispondrá la Dirección del Trabajo en su sitio para denunciar o para acceder a la normativa vigente sobre feriados obligatorios e irrenunciables, estará activo entre las 18:00 horas del jueves 17 de septiembre y las 15:00 horas del sábado 19 de septiembre.

Balance final: Fiscalizaciones Fiestas Patrias 2019
Durante el feriado del 18 y 19 de septiembre de 2019, 59 empresas fueron multadas por no respetar el feriado, por un total de 60 millones de pesos. En tanto, 116 trabajadores fueron suspendidos de turnos que no debían estar cumpliendo.

Te puede interesar
Lo más visto